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Modelo 720 en 2026: Bienes en el Extranjero y Criptomonedas

El Modelo 720: el grande desconocido

Si tienes más de 50.000€ en bienes o inversiones fuera de España, tienes obligación de declararlo a Hacienda. El formulario se llama Modelo 720. No hacerlo tiene sanciones brutales: multas desde 10.000€ hasta el 150% del valor no declarado.

Muchas personas lo ignoran. Creen que «si el dinero está en el extranjero, Hacienda no se entera». Eso era verdad hace 20 años. Hoy, con acuerdos internacionales de intercambio de información fiscal (FATCA, CRS), Hacienda sabe exactamente cuánto tienes en Londres, Nueva York o Zúrich.

Como asesor financiero en Zaragoza que ha visto a clientes meterse en problemas, quiero que lo hagas bien desde el inicio.

¿Quién debe presentar el Modelo 720?

Obligatoria la presentación si:

  • Resides en España (empadronado o con vínculos económicos)
  • Tienes bienes o inversiones en el extranjero
  • El valor total supera 50.000€

Es importante: 50.000€ en total, no por país. Si tienes 30.000€ en Portugal y 25.000€ en Francia, son 55.000€, debes declarar.

Qué entra en el Modelo 720

Sí, debes declarar:

  • Dinero en cuentas bancarias extranjeras
  • Acciones, fondos, ETFs en brokers extranjeros
  • Inmuebles (casas, terrenos) en el extranjero
  • Criptomonedas (Bitcoin, Ethereum, etc.)
  • Seguros de vida con componente de inversión
  • Préstamos que hayas hecho a personas en el extranjero
  • Depósitos en extranjero (aunque sea a plazo fijo)

No debes declarar (excepciones):

  • Dinero en tránsito (transferencias internacionales normales)
  • Bienes de uso personal (ropa, joyas personales, aunque estén fuera)
  • Seguros de vida puros sin componente de inversión
  • Créditos comerciales ordinarios (facturas sin cobrar)

El cambio en 2026: criptomonedas más claras

Hasta 2025, la tributación de criptomonedas era confusa. En 2026, Hacienda ha aclarado: todas las criptomonedas son bienes a efectos del Modelo 720.

Esto significa:

Si tienes 51.000€ en Bitcoin en una wallet en el extranjero, debes declararlo en el 720. El valor a declarar es el del 31 de diciembre del año fiscal.

Ejemplo: el 31/12/2025, tu Bitcoin vale 50.000€, no declaras (no supera el umbral). El 31/12/2026, sube a 75.000€, entonces sí declaras ese valor en el 720 de 2026.

Cómo calcular el valor para declarar

Tienes una cuenta en Binance con 1,5 Bitcoin. El 31/12/2025, el Bitcoin cotiza a 40.000€/BTC. Valor total: 60.000€.

Ese es el valor que pones en el 720, no lo que costó hace 3 años (15.000€). Declaras a precio de mercado del último día del año.

Necesitas fuentes de cotización confiables. Para criptomonedas, CoinMarketCap o CoinGecko son referencias aceptadas. Para divisas, el banco central de cada país. Para acciones, el precio de cierre en bolsa.

Cómo presentar: paso a paso

Paso 1: Reúne documentación

Para cada bien o inversión extranjera:

  • Extractos bancarios (si es dinero)
  • Estados de cartera (si es acciones/fondos)
  • Certificados de propiedad (si es inmueble)
  • Comprobante de posesión de criptomonedas (address public)
  • Cotización del 31 de diciembre

Paso 2: Identifica el país y tipo de bien

El 720 se organiza por país. Para cada uno, listas los bienes y su valor.

Paso 3: Completa el formulario

A través de la plataforma de Hacienda (www.agenciatributaria.es). Es tedioso pero no es complicado. Si tienes muchos bienes, mejor hacerlo con un asesor fiscal.

Paso 4: Presenta antes del 31 de marzo

Plazo: 31 de marzo del año siguiente al que declaras. Si no lo haces, multa mínima de 10.000€ sin margen.

Las sanciones si no lo haces

No es una sugerencia. Es obligatorio. Las sanciones:

  • Omisión total: 10.000€ mínimo, hasta 150% del valor no declarado
  • Omisión parcial (declaras parte): 5.000€ mínimo, hasta 75% del valor no declarado
  • Declaración errónea: 1.500€ mínimo
  • Presentación fuera de plazo sin requerimiento previo: 10% del valor no declarado (mínimo 300€)

Si además hay delito fiscal (ocultación grave), entonces sí hay penalización penal: cárcel y multas (raro, pero posible).

Estrategias legales para mitigar riesgo

La regularización voluntaria

Si tienes bienes no declarados en años anteriores, puedes presentar una regularización voluntaria. Pagas el impuesto atrasado + un interés reducido, y se olvida la multa (o es menor).

Esto es útil si heredaste dinero en el extranjero hace 5 años y nunca declaraste el 720. Es mejor regularizarte ahora que esperar a que Hacienda te encuentre.

Planificación territorial

Si vives en Aragón y tienes bienes en Portugal, quizás seas residente fiscal en Aragón, no en Portugal. Esto afecta a qué hay que declarar dónde. Un asesor fiscal especializado puede optimizar tu estructura.

Preguntas frecuentes

¿Si tengo acciones en un fondo de inversión en el extranjero, también debo declarar cada acción por separado?

No. Declaras el fondo como un activo único, con su valor total. Los activos dentro del fondo se «transparentan», pero no los listas uno a uno.

¿Y si la criptomoneda está en una wallet que «no controlo» (ej, intercambio de renta fija)?

Sigue siendo tuya, debes declararlo. La ubicación (wallet personal, exchange, etc.) no importa. Si tú tienes acceso y puedes moverla, es tu bien.

¿Cambia el 720 si tengo cuentas en criptobólsas españolas como el Bank?

Sí. Si usas un exchange españolregulado, Hacienda ya sabe de tu cuenta (por intercambio de información). El 720 es más relevante para bienes «ocultos» en plataformas extranjeras.

Próximos pasos

Si tienes dudas sobre si debes presentar el 720, o qué bienes incluir, contacta para asesoramiento fiscal especializado. Es mejor perder una hora aclarando dudas ahora que una multa de 10.000€ después.

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