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Rescatar el Plan de Pensiones con 10 Años de Antigüedad: Guía 2025

Desde el 1 de enero de 2025, una de las barreras históricas de los planes de pensiones ha desaparecido: puedes rescatar las aportaciones realizadas antes del 1 de enero de 2015 aunque todavía no te hayas jubilado. Es la llamada liquidez a los 10 años, introducida por la Ley 22/2021 y efectiva desde este año.

Pero rescatar antes de la jubilación tiene un coste fiscal importante que muchos no calculan antes de tomar la decisión. Esta guía te explica exactamente qué puedes sacar, cómo tributa y cuál es la estrategia más inteligente.

La nueva liquidez desde 2025: qué ha cambiado

Hasta 2025, solo podías rescatar tu plan de pensiones en casos muy concretos: jubilación, incapacidad permanente, desempleo de larga duración, enfermedad grave o fallecimiento. Desde el 1 de enero de 2025 se añade una nueva contingencia: haber transcurrido al menos 10 años desde la aportación.

El sistema funciona de forma escalonada: cada año se van desbloqueando las aportaciones que cumplen 10 años. En 2025 se pueden rescatar las aportaciones de antes del 1 de enero de 2015. En 2026, también las del año 2016, y así sucesivamente.

¿Qué aportaciones puedo rescatar?

  • Rescatables en 2025: aportaciones realizadas antes del 1 de enero de 2015
  • Rescatables en 2026: aportaciones anteriores al 1 de enero de 2016
  • No rescatables todavía: aportaciones de 2015 en adelante (hasta que cumplan 10 años)
  • Rentabilidad generada: también rescatable proporcionalmente junto a las aportaciones

Tu gestora debe indicarte exactamente qué importe tienes disponible para rescatar bajo esta nueva contingencia.

Cómo tributa el rescate: el gran impacto fiscal

Aquí está el punto crítico que muchos pasan por alto. El rescate del plan de pensiones tributa como rendimiento del trabajo en el IRPF, no como ganancia patrimonial. Esto significa que se suma a tu salario y demás ingresos del año.

Si tienes un salario de 35.000 € y rescatas 40.000 € de golpe, tu base imponible sube a 75.000 €, situándote en el tramo del 43-47% para el exceso. El impacto puede ser devastador si no se planifica.

Formas de rescate: capital, renta o mixto

ModalidadDescripciónImpacto fiscalCuándo conviene
Capital únicoTodo de golpeMuy alto: suma todo al IRPF del añoSi el importe es pequeño o tienes otros beneficios
Renta periódicaMensual, trimestral o anualModerado: se distribuye entre varios añosPara complementar ingresos sin disparar el tipo
MixtoParte en capital, parte en rentaVariable según proporciónCuando se necesita liquidez inmediata y renta después

Estrategia para minimizar el IRPF

  • Rescata en años de bajos ingresos: si tienes previsto un año sin trabajo, prejubilación o reducción de jornada, es el momento ideal
  • Fracciona el rescate: en lugar de 40.000 € un año, rescata 8.000 € durante 5 años
  • Coordina con otras deducciones: planes de pensiones de empleo, aportaciones al cónyuge, etc.
  • Reducción del 40% para aportaciones pre-2006: las aportaciones realizadas antes del 31/12/2006 pueden beneficiarse de una reducción del 40% si se rescatan en forma de capital. Según la DGT (consulta V0201-25), esta reducción no se consume al usarla en el rescate anticipado

¿Me conviene rescatar o esperar a la jubilación?

La respuesta depende de varios factores:

  • Tu tipo marginal actual vs futuro: si ahora estás en el 45% y en la jubilación estarás en el 20%, esperar es mucho mejor
  • Tu necesidad de liquidez: si no necesitas el dinero ahora, el plan sigue creciendo con diferimiento fiscal
  • El importe acumulado: a mayor importe, mayor el impacto de rescatar de golpe
  • Tu edad: cuanto más joven, más tiempo tiene el plan para seguir creciendo

Ejemplo práctico: Juan, 52 años, con 40.000 € acumulados hasta 2014

Escenario A: Rescate en capital único este año

Salario: 35.000 €. Rescate: 40.000 €. Base imponible total: 75.000 €.
IRPF adicional sobre los 40.000 €: aproximadamente 15.000 €-17.000 €.
Dinero neto recibido: ~23.000 € de los 40.000 €

Escenario B: Rescate fraccionado en 5 años (8.000 €/año)

Salario: 35.000 €. Rescate anual: 8.000 €. Base: 43.000 €.
IRPF adicional por año: ~2.800 €. Total en 5 años: ~14.000 €.
Ahorro fiscal vs escenario A: ~2.000-3.000 €

Escenario C: Esperar a la jubilación (tipo estimado 20%)

Si el plan crece hasta 65.000 € en 13 años (rentabilidad moderada) y tributa al 20% medio en la jubilación:
Impuesto: ~13.000 €. Neto: ~52.000 € — muy superior a cualquier rescate anticipado.

Preguntas frecuentes

¿Qué retención me aplicarán al rescatar?

La gestora aplica una retención a cuenta del IRPF en el momento del rescate. El tipo depende de tu situación personal, pero suele estar entre el 15% y el 21% para rescates parciales. Luego ajustas en la declaración de la renta.

¿Pierdo el derecho a la reducción del 40% si rescato ahora?

Según la consulta vinculante DGT V0201-25 (diciembre 2024), usar la reducción del 40% en el rescate anticipado no consume el derecho. Puedes volver a aplicarla al jubilarte si quedan aportaciones pre-2006 pendientes.

¿Puedo rescatar solo una parte?

Sí. No estás obligado a rescatar todo lo que tienes disponible. Puedes solicitar el importe concreto que necesites dentro de los derechos consolidados desbloqueados.

¿Afecta al rescate si tengo el plan en varias entidades?

Cada plan funciona de forma independiente. La liquidez a los 10 años se aplica en cada plan por separado según sus aportaciones. Si tienes planes en distintas entidades, debes gestionarlo con cada una.

¿Puedo seguir aportando después de rescatar?

Sí, el rescate parcial no impide seguir aportando al plan de pensiones (respetando los límites anuales de 1.500 € o 8.500 € para planes de empleo). Las nuevas aportaciones se irán desbloqueando a medida que cumplan 10 años.

Si tienes un plan de pensiones con aportaciones anteriores a 2015 y estás pensando en rescatarlo, consúltame antes de tomar ninguna decisión. La diferencia entre una estrategia bien planificada y un rescate impulsivo puede ser de varios miles de euros.